La Reinita Acuática (Acrocephalus paludicola) es una reinita del Viejo Mundo que se reproduce en las zonas templadas de Europa oriental y Asia occidental. Tiene una población estimada de 15.000 parejas. La Reinita Acuática es una reinita de tamaño mediano y es un ave delgada con plumaje de color arena con rayas negras finas variables. Otras características de identificación son una corona de color arena y una cola de aspecto puntiagudo.
Tanto los machos como las hembras son similares en apariencia y los juveniles carecen de rayas en el pecho y los flancos.
Como la mayoría de las currucas, es insectívora, sin embargo, comerá otros alimentos pequeños como las bayas. La Reinita Acuática es un ave migratoria y pasa inviernos fríos en África occidental. Después de muchos años de incertidumbre, las zonas de invernada de gran parte de la población europea finalmente se descubrieron en el Santuario Nacional de Aves de Djoudj, Senegal, con entre 5 y 10 000 aves presentes en este único sitio. La ruta migratoria del sudoeste de las currucas acuáticas significa que es una ruta regular hacia el oeste hasta Gran Bretaña.
Esta pequeña ave paseriforme es una especie que se encuentra en lechos de juncos húmedos con vegetación de menos de 30 centímetros. El drenaje ha significado que esta especie ha disminuido y su bastión es ahora la región de Polesie en el sur de Bielorrusia, donde se reproduce el 70% de la población mundial.
Después del apareamiento y la gestación, se ponen de 3 a 5 huevos en un nido en vegetación baja. La Reinita Acuática es muy promiscua, y la mayoría de los machos y hembras tienen descendencia con múltiples parejas. Los huevos de la curruca acuática son de color marrón y densamente manchados de un gris amarillento.
La canción de Aquatic Warblers es un ja-ja-ja rápido y parloteante con silbidos típicamente acrocefalinos (currucas).
El estado actual de la Reinita Acuática es que figura en la Lista Roja de Aves de Preocupación por la Conservación. Protegido bajo la Ley de Vida Silvestre y Campo de 1981, Anexo I de la Directiva de Aves de la CE y Apéndice II del Convenio de Berna.